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Muchos se preguntan si las compañías aseguradoras indemnizarán a los afectados de los daños ocasionados por el volcán de La Palma
[/vc_column_text][vc_column_text]Las aseguradoras del hogar lo más probable es que no se hagan cargo, ya que, entre sus cláusulas de exclusión se encuentran las consecuencias de riesgos extraordinarios, como son los terremotos o erupciones volcánicas. Es cierto que los seguros no tienen responsabilidad, pero si se puede recibir indemnización por el Consorcio de Responsabilidad de Seguros. Este organismo se encarga de indemnizar aquellos casos que las aseguradoras no cubren o no pueden cubrir. Como son los fenómenos de la naturaleza, otros daños como los infligidos por un acto terrorista o actuaciones de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en tiempo de paz. Eso sí, para recibir la indemnización el bien dañado debe estar asegurado.
El Consorcio de Responsabilidad de Seguros se hace cargo de la indemnización de los daños sobre póliza contratada con la entidad aseguradora.
En definitiva, no todos los afectados van a ser indemnizados, solo lo serán aquellas personas que tienen contratados un seguro de hogar.
Marina Losada
Legal Trainee en LegalNetwork Associates
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